Violencia en el FPC pasa factura: DIMAYOR sanciona a dos equipos

La DIMAYOR sancionó a Boyacá Chicó y Cúcuta Deportivo con dos fechas de cierre parcial de tribuna y una multa de más de 15 millones de pesos a cada uno.

Redacción PrimerTiempo.CO

El Comité Disciplinario del Campeonato de la DIMAYOR tomó decisiones contundentes contra cuatro clubes del fútbol profesional colombiano. A través de la Resolución 105 del 23 de octubre de 2026, el organismo impuso sanciones por incidentes protagonizados por aficionados durante partidos de la Liga BetPlay II-2026.

Las medidas más severas recayeron sobre Boyacá Chicó y Cúcuta Deportivo, que deberán cumplir dos fechas de cierre parcial de la tribuna oriental de sus respectivos escenarios cuando actúen como locales. Además, cada institución tendrá que pagar una multa de 15.758.145 pesos por los hechos registrados durante el enfrentamiento disputado el 11 de octubre en el estadio La Independencia de Tunja.

Chicó y Cúcuta, sancionados por los disturbios en Tunja

El partido correspondiente a la fecha 14 de la Liga BetPlay II-2026 terminó bajo investigación disciplinaria después de los enfrentamientos entre aficionados de ambos equipos en la tribuna oriental. Los hechos también derivaron en el ingreso de espectadores al terreno de juego y obligaron a suspender el encuentro durante 20 minutos.

Tras analizar los informes oficiales y los argumentos presentados por los dos clubes, el Comité Disciplinario concluyó que se produjeron conductas impropias que afectaron el desarrollo normal del compromiso.

En el caso de Boyacá Chicó, el organismo determinó que las medidas de seguridad adoptadas no fueron suficientes para evitar los incidentes, pese a la distribución de las aficiones en sectores diferenciados. Por ello, sancionó al equipo local con dos fechas de clausura parcial de la tribuna oriental y una multa de nueve salarios mínimos mensuales legales vigentes, equivalentes a 15.758.145 pesos.

Cúcuta Deportivo recibió la misma sanción económica y deportiva. El Comité consideró que el club visitante también tenía responsabilidades frente al comportamiento de sus seguidores y que las medidas preventivas implementadas no fueron suficientes para evitar los disturbios.

La restricción se aplicará exclusivamente a la tribuna oriental y deberá cumplirse en los partidos en los que cada equipo actúe como local. Durante las fechas de sanción, el sector tendrá que permanecer completamente cerrado y delimitado, sin acceso ni tránsito de espectadores.

Llaneros y América de Cali también fueron sancionados

La Resolución 105 incluyó decisiones disciplinarias contra Llaneros y América de Cali por los hechos ocurridos el 4 de octubre en el estadio Bello Horizonte de Villavicencio, durante un partido correspondiente a la fecha 13 de la Liga BetPlay II-2026.

En ese encuentro, la activación de elementos de pólvora generó humo en la tribuna norte, sector destinado a los aficionados visitantes. La situación afectó la visibilidad del guardameta del América y obligó al árbitro a detener el compromiso durante dos minutos. Después de la interrupción, el partido se reanudó y continuó con normalidad.

El Comité determinó que tanto Llaneros, como equipo local, como América de Cali, en condición de visitante, incurrieron en infracciones disciplinarias relacionadas con el uso de elementos inflamables y la alteración del desarrollo normal del encuentro.

Por estos hechos, ambos clubes recibieron una amonestación. El organismo tuvo en cuenta que se trató de un incidente puntual, que la interrupción fue breve y que no se reportaron lesiones, daños materiales, agresiones ni nuevos desórdenes.

En su análisis, el Comité también explicó que la responsabilidad del organizador del partido no desaparece porque los elementos prohibidos hayan sido introducidos por aficionados visitantes. De igual manera, consideró que el club visitante debe adoptar medidas razonables para prevenir conductas impropias de sus seguidores.

¿Qué establece la Resolución 105 de la DIMAYOR?

La decisión disciplinaria establece que las sanciones económicas deberán pagarse dentro del plazo previsto en el Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol. El documento señala que los clubes multados disponen de 20 días desde la notificación de la sanción para cancelar los valores correspondientes.

El incumplimiento puede generar consecuencias adicionales, entre ellas la inhabilitación para actuar en fechas posteriores y la deducción de puntos, conforme a las condiciones establecidas en el reglamento.

Asimismo, la resolución contempla la posibilidad de interponer recursos de reposición ante el propio Comité Disciplinario del Campeonato.

De esta manera, la DIMAYOR dejó establecidas las consecuencias disciplinarias de los incidentes registrados en Tunja y Villavicencio. Boyacá Chicó y Cúcuta Deportivo afrontan las sanciones más fuertes, con dos fechas de cierre parcial de tribuna y multas superiores a los 15 millones de pesos cada uno, mientras Llaneros y América de Cali recibieron amonestaciones por la interrupción ocasionada por el humo de la pólvora.

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