Desde este lunes 7 de julio de 2025 comienza a regir en Cartagena una nueva rotación del pico y placa para vehículos particulares y motocicletas. La medida, implementada por la Alcaldía Mayor a través del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), se extenderá hasta el próximo 3 de octubre con el objetivo de mejorar la movilidad y reducir la congestión en las principales vías del Distrito.
De acuerdo con el nuevo esquema, los vehículos particulares y las motocicletas tendrán restricción según el último dígito de la placa así:
- Lunes: 1 y 2
- Martes: 3 y 4
- Miércoles: 5 y 6
- Jueves: 7 y 8
- Viernes: 9 y 0
El horario de aplicación para los vehículos particulares será en dos franjas: de 7:00 a. m. a 9:00 a. m. y de 6:00 p. m. a 8:00 p. m. La medida no se aplicará durante los días festivos. En cuanto a las motocicletas, el pico y placa será continuo desde las 5:00 a. m. hasta las 11:00 p. m., también de lunes a viernes, con excepción de los festivos.
Para el caso de los taxis, el DATT expidió el Decreto 1637, en el cual se establece una rotación diferente que estará vigente desde el 30 de junio de 2025 hasta el 2 de enero de 2026. Esta restricción aplica en todas las vías del Distrito, de lunes a viernes, entre las 6:00 a. m. y las 6:00 a. m. del día siguiente, según el último dígito de la placa, de la siguiente manera:
Rotación para taxis:
- 30 de junio al 1 de agosto
Lunes: 3-4 / Martes: 5-6 / Miércoles: 7-8 / Jueves: 9-0 / Viernes: 1-2 - 4 de agosto al 5 de septiembre
Lunes: 5-6 / Martes: 7-8 / Miércoles: 9-0 / Jueves: 1-2 / Viernes: 3-4 - 8 de septiembre al 3 de octubre
Lunes: 7-8 / Martes: 9-0 / Miércoles: 1-2 / Jueves: 3-4 / Viernes: 5-6 - 6 de octubre al 31 de octubre
Lunes: 9-0 / Martes: 1-2 / Miércoles: 3-4 / Jueves: 5-6 / Viernes: 7-8 - 3 de noviembre al 5 de diciembre
Lunes: 1-2 / Martes: 3-4 / Miércoles: 5-6 / Jueves: 7-8 / Viernes: 9-0 - 8 de diciembre al 2 de enero de 2026
Lunes: 3-4 / Martes: 5-6 / Miércoles: 7-8 / Jueves: 9-0 / Viernes: 1-2
Quedan exceptuados de esta rotación los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2025, así como el 1 de enero de 2026.
El DATT advierte que el incumplimiento de esta norma puede acarrear una sanción equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, además de la inmovilización del vehículo. Las autoridades hacen un llamado a los ciudadanos a respetar las restricciones para evitar sanciones y contribuir con el orden en la movilidad de la ciudad.