Pico y cédula y toque de queda se extienden hasta el 17 de mayo en Cartagena

Ciudad | PrimerTiempo.CO
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Foto: EFE/Ricardo Maldonado Rozo

La Alcaldía de Cartagena, mediante decreto 0531 del 7 de mayo de 2021, extendió las medidas para mitigar la situación epidemiológica causada por la pandemia. Se mantienen las restricciones de toque queda, y el pico y cédula para el acceso y la circulación de personas a entidades financieras, Mercado de Bazurto, almacenes de grandes superficies, almacenes y supermercados en general,

Los fines de semana se permitirá el tránsito de chivas turísticas en horarios específicos, así mismo, en atención el clamor de los carperos y trabajadores del sector turismo, se permitirá el uso de playas hasta mediodía, cumpliendo todas las medidas de bioseguridad. En cuanto a las clases, se recomienda seguir la educación virtual en los planteles educativos.

Estas medidas aplicarán a partir del lunes 10 de mayo hasta las 00: 00 horas del 17 de mayo de 2021, de la siguiente forma:

Toque de queda

Durante la vigencia del decreto, en todo el territorio del Distrito de Cartagena de Indias el horario del toque de queda durante los días de semana seguirá igual que como venía implementándose:

• LUNES A VIERNES: Desde las 8:00 p.m. de cada día, hasta las 5:00 a.m. del día siguiente.

• SABADO Y DOMINGO: Desde las 2:00 p.m. de cada día, hasta las 5:00 a.m. del día siguiente.

Pico y cédula

Se restringe el acceso y la circulación de personas a entidades financieras, Mercado de Bazurto, almacenes de grandes superficies, almacenes y supermercados en general, por lo que, exclusivamente se autoriza el acceso y circulación de acuerdo con el último dígito del respectivo documento de identidad, que a continuación se detalla:

LUNES 10/05/2021 0-2-4-6-8
MARTES 11/05/2021 1-3-5-7-9
MIERCOLES 12/05/2021 0-2-4-6-8
JUEVES 13/05/2021 1-3-5-7-9
VIERNES 14/05/2021 0-2-4-6-8
SÁBADO 15/05/2021 1-3-5-7-9
DOMINGO 16/05/2021 0-2-4-6-8

Restricción al consumo de licor

Durante la vigencia del presente Decreto, se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes en el interior de tiendas, refresquerías, terrazas, billares, galleras, clubes y corporaciones sociales, estancos y/o licoreras y espacios públicos. No está prohibida la venta, distribución o expendio de bebidas alcohólicas o embriagantes.

Se permite uso de playas el fin de semana

El ingreso a las playas, que anteriormente solo estaba permitido de lunes a viernes, ahora también estará habilitado el sábado y domingo en el siguiente horario:

-LUNES A VIERNES: Desde las 8:00 a.m. a 2:00 p.m.
– SABADO Y DOMINGO: Desde las 8:00 a.m. a 12:00 del mediodía.

Se mantiene prohibido en todo el territorio del Distrito de Cartagena de Indias, especialmente en la Zona Norte y Zona Insular, la realización de cualquier tipo de espectáculo público y/o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo, en playas y espacios públicos; así mismo se prohíbe la utilización de picó, o de cualquier otra clase de artefacto de amplificación sonora que genere alteraciones a la tranquilidad y convivencia ciudadana.

Circulación de chivas sigue sujeta a horario

El tránsito de vehículos turísticos tipo chivas seguirá sujeto a los siguientes horarios:
– LUNES A VIERNES: Desde las 9:00 a.m. a 6:00 p.m.
– SABADO Y DOMINGO: Desde las 9:00 a.m. a 12 del mediodía.

En cuanto a las actividades académicas de los colegios del Distrito de Cartagena se recomienda continuar en la modalidad virtual, como medida para prevenir y controlar la COVID19.

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